Desde que en el año 2000 se liberalizó el sector de los servicios inmobiliarios, el agente inmobiliario y el API (Agente Propiedad Inmobiliaria) están capacitados para ejercer el mismo trabajo por lo que ambas figuras son susceptibles de ser confundidas.
En post anteriores ya hemos explicado qué es y en qué consiste el trabajo del agente inmobiliario, hoy vamos a definir que es un API y qué diferencia existe con respecto al agente inmobiliario.
Un Agente de la Propiedad Inmobiliaria es un profesional cualificado que desarrolla su actividad en el sector inmobiliario y está en posesión del Título Oficial expedido por el Ministerio de Fomento. Para que un API pueda ejercer su profesión legalmente es necesario que esté colegiado por lo que está sometidos al control por parte de su Colegio Oficial. Este control garantiza total transparencia y seguridad para el cliente.
El desarrollo de la actividad de un agente propiedad inmobiliaria comprende las siguientes funciones:
Un Api es un profesional acreditado que aporta seguridad y garantía durante todos los procesos de su actividad laboral, ofrece el apoyo y el asesoramiento necesario para evitar el incumplimiento de cualquiera de las partes implicadas y el riesgo de contratos erróneos o fraudulentos. El API también responde personal y voluntariamente por sus acciones con un seguro de responsabilidad civil.
Un API no solo ofrece sus servicios a empresas y particulares, también son solicitados por los Registros Públicos, la Administración del Estado, los juzgados y los Tribunales de Justicia.
Ya hemos expuesto que para ejercer en el sector inmobiliario no es necesario estar en posesión de una titulación. No obstante, todo profesional que desee colegiarse debe cumplir con una serie de requisitos:
Si se cumplen con estos requisitos, los pasos para entrar a formar parte en el Colegio Oficial son:
En el ejercicio de su profesión, un API colegiado debe asumir las siguientes obligaciones:
Desde la liberalización del sector inmobiliario, las funciones que ambos profesionales pueden realizar son las mismas. Básicamente, la principal diferencia radica en que un API está en posesión de una titulación oficial reconocida por la administración y que su actividad está sometida al control del Colegio Oficial al que pertenece.